Como anunciamos, el 1ero de Enero de 2014 los registrars en todo el mundo deberán comenzar a requerir a los usuarios que los datos de Whois estén completos. Adicionalmente, los registrars comenzarán a enviar un email de verificación al contacto del Registrante del dominio cuando registres un nuevo dominio o cuando actualices los datos de nombre, apellido o email en el contacto del registrante.

Ten en cuenta que el proceso de verificación es importante, ya que de no completar el proceso el dominio se desconectará, lo que se traduce en que tu sitio web, emails o cualquier servicio ligado al nombre de dominio no funcionará.

Para más detalles por favor lee la siguiente información:

La Corporación de Asignación de Nombres y Números (ICANN) publicó una actualización del Acuerdo de Acreditación de Registradores (RAA) - http://www.icann.org/es/resources/registrars/registrant-rights/educational.

Esta actualización contiene varios cambios que nuestro registrador está obligado a cumplir y transmitir a nuestros respectivos clientes.

Los principales cambios son los siguientes :

1. A partir del 1 de enero de 2014, el Registrador comenzará a exigir que los datos de WHOIS estén completos para todas las registraciones de nombres de dominio gTLD. Debes asegurarte que la información de contacto del Registrante, Administrativo y técnico estén completos. Si usas los datos que tienes en tu Area de Clientes para las nuevas registraciones de dominios, debes asegurarte de tener dichos datos actualizados.

2. Además de exigir "completar" los datos de WHOIS, ICANN ha ordenado que los datos de dirección, teléfono y dirección de correo electrónico sean en el formato correcto. Por lo tanto, a partir del 1 de enero, todos los clientes deben asegurarse de que están enviando estos datos en el formato adecuado. Los formatos RFC definidos son:
        a. Validar que todas las direcciones de correo electrónico sean en el formato adecuado de acuerdo con RFC 5322 (o sus sucesores).
        b. Validar que los números de teléfono se encuentren en el formato adecuado según la anotación de la UIT -T E.164 con respecto a los números internacionales de teléfono (o sus equivalentes o sucesores).
        c. Validar que las direcciones postales estén en un formato adecuado para el país o territorio de aplicación tal como se define en las plantillas de formatos de la Unión Postal Universal (UPU), las plantillas de dirección S42 (ya que pueden ser actualizados) u otros formatos estándar.

3. ICANN ha solicitado que los Registradores verifiquen la dirección de correo electrónico del Registrante asociada con la registración de nuevos nombres de dominio. Nuestro registrador reconoce que este es un cambio de cómo nuestros clientes gestionan sus nuevas registraciones en la actualidad. Por ello, han esbozado el siguiente proceso para hacer frente a este mandato de verificación:
        a. A partir del 1 de enero, todos los nuevos registros de dominios gTLD procesados ​​a través de nuestro registro estarán sujetos a la verificación del correo electrónico del Registrante. En concreto, se centrará en la verificación de la dirección de correo electrónico del Registrante del dominio.
        b. Cuando se registre un nuevo dominio, nuestro Registrador enviará un correo electrónico a nuestro nombre a la dirección de correo electrónico del Registrante usado para la registración del dominio.
        c. El correo electrónico informará al Titular que debe verificar su dirección de correo electrónico dentro de los 15 días calendario a partir de la registración del dominio.
        d. Si el Registrante hace "clic" en el enlace dentro de este correo electrónico, nuestro Registrador tendrá en cuenta al solicitante como verificado (las registraciones futuras desde el mismo cporreo electrónico no requerirán mayor verificación)
        e. Si el Registrante no verifica dentro del lapso de 15 días calendario, nuestro Registrador cambiará los DNS del nombre de dominio y publicará una página en el sitio con instrucciones sobre cómo debe proceder el Registrante del dominio a verificar el mismo, una vez verificado el dominio, el Registrador volverá a cambiar los DNS a los anteriores (es decir, tu sitio va a estar en línea nuevamente).
        f. Una vez que un contacto Registrante ha completado el proceso de verificación, todas las nuevas registraciones futuras utilizando la misma información de contacto del titular se considerarán verificadas y no estarán sujetas al proceso de verificación.

4. ICANN ha ordenado que los Registradores también deben utilizar el proceso de verificación mencionado arriba cuando en un nombre de dominio se edita la información el Nombre, Apellido, Dirección de correo electrónico. Como resultado, nuestro Registrador gestionará este proceso por nosotros de la siguiente manera:
        a. A partir del 1 de enero, nuestro registrador utilizará el procedimiento de verificación si una edición está hecha para los siguientes campos del Registrante:
            i. Nombre del Registrante
            ii. Apellido del Registrante
            iii. Dirección de Correo Electrónico del Registrante
        b. Nuestro registrador enviará un correo electrónico a la dirección de e-mail del nuevo Registrante indicando que se ha modificado la información de Nombre, Apellido o información de la dirección de correo electrónico y se le solicitará que verifique los mismos haciendo "clic" en el enlace del correo electrónico.
        c. Si el Registrante hace "clic" en el enlace del correo electrónico dentro de los 15 días calendario, se aceptará la verificación. El Registrante se considerará entonces "verificado" y no requerirá ninguna otra verificación.
        d. Si no hace "clic" en el enlace dentro del plazo de 15 días calendario, entonces nuestro Registrador cambiará los DNS del dominio asociado.
        e. El Registrante pondrá una página en el dominio con instrucciones sobre cómo el/los dominio(s) se pueden verificar y una vez verificados los DNS volverán a sus valores anteriores (es decir, tu sitio(s) estarán en línea).
        f. Una vez que un contacto Registrante ha completado el proceso de verificación, todos los nombres de dominio con la misma información de contacto no estarán sujetas al proceso de verificación.

5. Los revendedores deben proporcionar un enlace a la página web de la ICANN para la educación de sus clientes, este enlace se puede encontrar aquí: http://www.icann.org/es/resources/registrars/registrant-rights/educational .

6. Los revendedores deben plasmar una copia de los Beneficios y Responsabilidades del Registrante en su sitio web, puedes encontrar esta información en el sitio web de ICANN aquí: http://www.icann.org/en/resources/registrars/registrant-rights/benefits.

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